Tabla de contenido
2. Impuestos que los emprendedores deben pagar en Colombia
2.1.2 Impuestos al Valor Agregado(IVA)
2.1.3 Gravamen a los Movimientos Financieros(GMF)
2.1.4 Impuesto nacional al consumo
2.4 Otros que debes tener en cuenta (Impuesto al patrimonio)
Cuando decides emprender en Colombia te enfrentas a retos, oportunidades, aprendizajes y obligaciones que debes tener presentes para desarrollar tu negocio bajo todos los parámetros de ley.
Una de las obligaciones que aplica tanto para empresas grandes, como medianas y pequeñas es el pago de impuestos. En Colombia los dueños de negocios deben asumir anualmente el pago de estas obligaciones tributarias. En este artículo te vamos a explicar cuáles son y cómo se clasifican los impuestos que debes pagar como emprendedor, y además conocerás las fechas de pago para el 2023.
1. ¿Qué son los impuestos?
Los impuestos son el principal mecanismo con el que el Estado recauda fondos para suplir las diversas necesidades del territorio y la población de un país. Esta recaudación se hace a través de pagos tributarios que deben asumir las personas naturales y las personas jurídicas o empresas. Dichos pagos se calculan sobre los ingresos, patrimonio, y ganancias ocasionales obtenidas en el país o en el exterior.
Es importante tener en cuenta que estos impuestos aplican a toda empresa que haya sido constituida en Colombia, o su domicilio principal esté en el país, o su sede de administración esté dentro del territorio nacional. Así mismo, factores como la actividad económica, ubicación, cobertura de servicios y exenciones determinan la carga tributaria de cada emprendedor.
Los impuestos aplican a toda empresa que haya sido constituida en Colombia, o su domicilio principal esté en el país, o su sede de administración esté dentro del territorio nacional
En nuestro país la entidad encargada de realizar los recaudos y cobros de impuestos es la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales). Cada año esta entidad publica un Calendario de pagos tributarios Calendario Tributario 2023 (1) que debes revisar con detalle para no incurrir en faltas que puedan ocasionar problemas legales o económicos para tu negocio.
Cuando el dueño de un negocio decide no cumplir con el pago de los impuestos que le corresponden, se considera que se encuentra en estado de evasión de impuestos. Frente a esto, como primera medida la DIAN genera una multa o una serie de intereses sobre el valor que no se ha pagado. ¡Ojo! Cuando esto sucede se aplican las tasas de interés más altas. Como segunda medida y en caso de que la evasión de impuestos se prolongue y las multas no se paguen, pueden haber consecuencias legales que pueden ser la cárcel o una multa mucho más elevada.
2. Impuestos que los emprendedores deben pagar en Colombia
Si eres emprendedor en Colombia, debes asumir obligaciones tributarias o impuestos de carácter nacional, departamental y municipal; algunos de estos aplican dependiendo de la naturaleza de tu negocio. A continuación te explicamos cómo se clasifican estos impuestos y qué debes tener en cuenta en el pago cada una de estas obligaciones fiscales.
Además, en Colombia existe un sistema que favorece a los emprendedores con ahorros en el pago de los impuestos, se trata del Régimen Simple Tributario, lee el artículo relacionado para enterarte de cómo funciona.
2.1 Impuestos nacionales
2.1.1 Impuesto de Renta:
Se trata de la famosa Declaración de Renta que consiste en un impuesto anual el cual grava las utilidades que genere el emprendimiento del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. La tarifa de este impuesto se modifica cada año, estos son los últimos valores aplicados:
Año 2020: 32%
Año 2021: 31%
Año 2022: 30%
Año 2023: 35%
La fecha de la declaración anual es programada y publicada en el Calendario tributario de la DIAN Calendario Tributario 2023 (1), y se determina conforme el número de identificación tributario (NIT) asignado a la empresa. Para este 2023 la DIAN definió las siguientes fechas de pago:
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Presentación de declaración y pago de primera cuota: Del 10 de abril al 8 de mayo de 2023, teniendo presente los dos últimos dígitos del NIT.
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Pago segunda cuota: Del 7 al 21 de julio de 2023, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
A continuación te presentamos las fechas de pago de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT
2.1.2 Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Este es un impuesto que aplica por la venta de bienes, la prestación de servicios, las importaciones y la circulación, venta u operación de juegos de suerte y azar. La tarifa general actualmente es del 19%, en este sentido a la hora de calcular el valor de tus productos o servicios debes adicionar el valor del IVA.
Toda empresa responsable de declarar IVA tiene dos periodos para pagar como lo establece el artículo 600 del estatuto tributario, uno bimestral y otro cuatrimestral.
Las empresas que presenten ingresos brutos a 31 de diciembre del 2022, iguales o mayores $3'496.368.000, deberán presentar y pagar con una periodicidad bimestral el IVA, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.
Conoce las fechas a pagar este impuesto en 2023:
Por otro lado, las empresas cuyos ingresos brutos a 31 de diciembre del año 2022 sean inferiores a $3'496.368.000, deberán presentar la declaración y pagar con una periodicidad cuatrimestral.
2.1.3 Gravamen a los Movimientos Financieros(GMF)
Se trata de un impuesto directo que se aplica a las transacciones financieras, también conocido como 4 x 1.000. Existe la posibilidad de generar una excepción para que el impuesto no aplique en una sola cuenta bancaria. Sin embargo, si posees más de una cuenta, cada transacción queda cubierta por el impuesto. Para este 2023 el monto máximo de transacciones que estarán exentas del GMF es de $14.844.00
2.1.4 Impuesto nacional al consumo
Este impuesto solo aplica a negocios dedicados a ofrecer determinados productos y servicios, algunos de ellos son los servicios de telefonía móvil, internet y demás. Los vehículos, algunas motocicletas, aeronaves y el servicio de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes y sus derivados.
Es importante tener en cuenta que durante la pandemia se aplicaron alivios económicos que generaron excepciones para el pago de este impuesto, sin embargo en 2023 los emprendedores deberán asumir nuevamente esta obligación conocida también como Impoconsumo.
Las tarifas que aplican dependiendo el sector son las siguientes:
Telefonía móvil: 4 % para la telefonía móvil, Restaurantes, bares, vehículos, motocicletas: 8 % Aeronaves, globos y dirigibles y demás: 16%
El pago de este impuesto debe realizarse en las mismas fechas que el impuesto de IVA bimestral.
2.2 Departamentales:
2.2.1 Impuestos de registro
Se paga sobre actos y contratos que por ley deben registrarse en Cámaras de Comercio o en las oficinas de registro de instrumentos públicos.
Las tarifas del impuesto de registro son diferentes en cada departamento porque cada uno tiene libertad para fijarlas dentro de los siguientes rangos fijados por la ley: a
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Actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía sujetos a registro en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos entre el 0.5% y el 1%.
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Actos, contratos o negocios jurídicos con cuantía sujetos a registro en las Cámaras de Comercio entre el 0.3% y el 0.7%.
2.3 Impuestos municipales
2.3.1 ICA
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) que se genera por el ejercicio o realización directa o indirecta de cualquier actividad industrial, comercial o de servicios en jurisdicción ya sea que se cumpla de forma permanente u ocasional, en inmueble determinado, con establecimiento de comercio o sin ellos.
Existen dos regímenes de pago, el común y el simplificado.
Régimen Común: a este régimen pertenecen las personas jurídicas y aquellas naturales que realizan una actividad industrial, comercial o de servicios, de forma permanente u ocasional y deben declarar y pagar el impuesto ICA, cada dos meses.
Régimen Simplificado: pertenecen a este régimen las personas naturales, comerciantes y artesanos en calidad de minoristas o detallistas, agricultores y ganaderos que desempeñen operaciones gravadas.
En el caso del ICA, las tarifas y periodos de pago dependen de lo estipulado por cada municipio.
2.4 Otros que debes tener en cuenta
Impuesto al Patrimonio:
Puede resultar familiar el término impuesto sobre la riqueza, es lo que aquí denominamos Impuesto al patrimonio y aplica en 2023 para personas naturales o empresas con un patrimonio superior a $2.736 millones. Cuando se habla de patrimonio se tienen en cuenta todos los bienes que una empresa ha adquirido, como oficinas, casas, apartamentos, vehículos, terrenos, maquinarias, muebles, etc. Adicionalmente, el patrimonio también contempla los derechos que se han adquirido, es decir cosas no materiales como inversiones, acciones, cuentas bancarias, títulos valores, etc .Las tarifas de este impuesto aplican de acuerdo al monto del patrimonio de la siguiente manera:
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Menos de $2.736.288.000 - Tárfia del 0%
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Entre $2.736.288 hasta $4.636.488.000 - Tarfia de 0,5%
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Entre $4.636.488.000 hasta $9.082.956.000 - Tarifa de 1%
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De $9.082.956.000 en adelante - Tarifa de 1,50%
El Impuesto al Patrimonio hace parte de la Declaración de Renta, es decir que en caso de que debas asumir algún pago frente a este impuesto aplica en el mismo periodo de tiempo en el que hagas tu declaración.